01/09/10
Plenario sobre Deuda Externa
La Deuda en la era Kirchner
· La Argentina no ha salido de su virtual default: el país no puede
amortizar capital y sólo está pagando poco más de la mitad de los
intereses devengados de su Deuda Pública. Esta deuda es superior a la
declarada por el Gobierno Kirchner y está creciendo (como en la década
de los 90´) a un ritmo de aproximadamente 10.000 MD anuales.
· La actual administración está volviendo al mercado de capitales
colocando deuda nuevamente sin demostrar su capacidad de repago,
mientras los sectores vinculados a la Banca acreedora nos prodigan
elogios y nos fabrican buenas notas.
· Este proceso está ocultado a la opinión pública siguiendo una regla
tradicional: la complicidad entre las administraciones gubernamentales
de turno y los medios de comunicación masivos que dependen de las
grandes estructural del poder económico-financiero (Imperialismo
Internacional de Dinero – Papa Pío XI Encíclica Quaragésimo anno del
año 1931). Pero, más tarde o más temprano, las inconsistencias de este
nuevo modelo internacional que se está ensayando hoy en la Argentina,
después del fracaso del modelo de la Convertibilidad, van a terminar
mostrando inexorablemente sus efectos.
· La experiencia internacional parece indicar que los grandes Países
Deudores, como la Argentina, no pueden sostener el cumplimiento de
sus planes económicos y financieros sin caer en reestructuraciones de
Deuda que tienen un ciclo de tiempo entre tres y cinco años. En este
sentido, los Ciclos financieros se corresponden, cada vez más, con los
Ciclos políticos; y no es casual que pesados escalones de compromisos
se agraven con los cambios de períodos de Gobierno (como en nuestro
caso, 2008-2010).
· Embarcado, forzosamente, en la navegación por las azarosas aguas de
la Política del Endeudamiento, la Administración Kirchner estaría
apelando a varios distractivos de la opinión pública (pago a FMI, Club
París, Papeleras, Aerolíneas, AFJP, financiamiento vía Chávez, etc.), le
sirven para “patear hacia delante”, una vez más, la problemática de la
Deuda.
· Pese a que las autoridades de Economía muestran serenidad frente al
grave panorama financiero de aumento del Endeudamiento Argentino y
sus “Servicios”, los hechos concretos avanzan sin pausa dentro del
nuevo esquema de dólar alto y toma de Deuda a tasa más cara. El
Gobierno de Kirchner, en este aspecto, básicamente no ha hecho sino lo
que las administraciones anteriores: entrar y tratar de mantenerse en un
régimen de Patrón Dólar a Paridad Fija sostenida con Deuda Pública.
· Y el “nuevo modelo” – en este caso, con la variante de tipo de cambio
alto en lugar de bajo (era Menem) – resistirá mientras los capitales
financieros sostengan este tipo de cambio con endeudamiento a corto
plazo a través del Banco Central y con adeudamiento a media no y
eventualmente largo plazo vía Tesoro Nacional. La diferencia – que pese
a su importancia sigue siendo de forma más que de fondo – reside en el
nivel de la paridad pero no en la lógica del Endeudamiento.
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· Estamos entonces frente a una reformulación parcial y, en cierto sentido,
“cosmética” del problema de la Deuda, de un cambio aparente pero no
de un replanteo verdadero de la cuestión en función de los Intereses
Nacionales, de una ficción en la capacidad de pago del país y, en
definitiva, de un engaño a la opinión pública y a la ciudadanía argentina.
ES EL ERROR Y LA MENTIRA DE QUERER LIBERARSE DEL PROBLEMA
DE LA DEUDA SIN SALIR DEL SISTEMA DE LA DEUDA QUE CONDICIONA
LA VIABILIDAD POLITICA Y SOBERANA DE NUESTRO ESTADO
NACIONAL ARGENTINO.
Posibles ejes de tratamiento de la Deuda Externa:
Eje 1
· En el caso de la Argentina ese endeudamiento no solo ha sido inducido
fuertemente por presiones externas ejercidas en el marco de la
dependencia neocolonial, aprovechando la existencia de una clase
política alienada de las necesidades y aspiraciones colectivas, sino que
todo su proceso ha implicado la comisión de una numerosa serie de
ilícitos penales establecidos en una sentencia judicial, en el caso
“Olmos”.
· Sustitución del principio “Pacta Sunt Servando” por el principio “Alterum
Non Laedere” respecto de la deuda reclamada por los acreedores
privados determina que el eje de la cuestión no será ya el “pago” de la
deuda sino la “indemnización” de los compradores de bonos argentinos
en la medida exacta en que hayan sido lesionados. Esta indemnización,
claro está, deberá ser compartido, por el Estado Argentino y los bancos
o “brokers” que indujeron a esos adquirentes a hacerse de los bonos
argentinos claramente destinados al “default”.
· A ese efecto, el Congreso de la Nación, único órgano constitucional con
competencia en punto al endeudamiento, mediante una Junta bicameral
para la Deuda Externa como lo que estableció la ley 78 del 16 de
noviembre de 1863, deberá convocar a los pretensos acreedores a fin
de que presenten los títulos de sus acreencias, manifestando: a) el
precio de compra y la fecha de la adquisición; b) el nombre del banco o
broker intermediario. De ese modo el daño sufrido surgirá del precio de
compra, menos los intereses percibidos hasta el momento del default.
De tal modo, el Estado Nacional debería poner a disposición de los
damnificados un porcentaje del daño sufrido de acuerdo a la
corresponsabilidad de cada uno de los participantes en el proceso de
endeudamiento. Y esa proporción resultaría de una investigación y
auditoria de la deuda que cabría realizara el Congreso Argentino con la
participación de parlamentos de los países afectados. Otro tanto le
corresponderá al banco colocador de los bonos o broker responsable
respecto de la proporción complementaria.
Eje 2
· Diversos fallos de tribunales internacionales y de la Corte Suprema de
Justicia, han determinado la imprescriptibilidad de los delitos de lesa
humanidad.
· Aunque, obviamente, se trata de situaciones distintas; dadas las
características que tiene el endeudamiento argentino, se dan una serie
de circunstancias que permiten considerarlo como un delito de ejecución
continuada y en consecuencia imprescriptible, en cuanto a su
punibilidad.
· Este planteo de la imprescriptibilidad del delito en su relación al
endeudamiento externo, surge con toda evidencia del modo como se
consumó el mismo, a través de todas las operaciones fraudulentas que
se realizaron desde 1976 hasta el día de hoy (proceso de
endeudamiento Martínez de Hoy-Klein, conversión de la deuda privada
en pública en 1985, Plan Brady, Megacanje, Reestructuración de la
deuda Kirchner-Lavagna, etc.)
· Los distintos ilícitos económicos cometidos durante la dictadura se
continuaron en el tiempo mediante las sucesivas renegociaciones de la
deuda, sus reestructuraciones y todos los mecanismos que se pusieron
en funcionamiento para llegar a la suma que hoy resulta exigible por
parte de los acreedores y después de haber pagado una cifra varias
veces igual a la que hoy se reclama.
· Es necesario enfatizar que el delito se continuó por medio de los mismos
mecanismos operativos (canjes, refinanciaciones, reestructuraciones)
por lo cual no resulta difícil su tipificación penal, al poder considerarse
que en ningún momento hubo un cambio de modalidad, sino que ese
fraude originario (no obstante haberse consumado) continuó en lo que
podría definirse como un estado de consumación permanente.
· En este caso particular de la deuda argentina, hay consumación; pero lo
injusto se sigue generando, no se acaba, permanece en el tiempo y aún
más: se va perfeccionando. Para el jurista Jiménez de Asúa: “El delito
permanece como es notorio, se perfecciona en un momento dato, con
todos sus elementos constitutivos…pues en todos los instantes
sucesivos, continúa la violación de los intereses protegidos y de la
norma que los respalda”.
· Para efectuar una caracterización adecuada del delito continuado en lo
que hace a la deuda externa, y definir con rigor los parámetros que la
encuadran, debe tenerse en cuenta:
a) Existe conexión espacial y temporal, ya que la deuda originada durante
la dictadura cívico-militar es aquella que ha sido materia de
refinanciaciones permanente desde 1983.
b) Existe unidad de finalidad, debido a que en todos los casos la finalidad
de las reestructuraciones ha sido la misma; el diferimiento de los pagos
y la amortización de parte de las obligaciones.
c) Similitud en la forma de ejecución: si se verifican todos los contratos de
canje (especialmente los del 90´) y los decretos que los autorizaron, se
advertirá en ellos la existencia de cláusulas similares, donde el Estado
Nacional renuncia a un sinnúmero de derechos que le asisten como país
soberano y sólo tiene obligaciones a cumplir, mientras que los
acreedores y los intervinientes en las distintas operaciones carecen de
cualquier eventual responsabilidad.
d) Semejanza de tipos realizados. Los procedimientos realizados han sido
siempre los mismos: el dictado de decretos de necesidad y urgencia, la
reiterada marginación del Congreso Nacional, la constante realización
de negociaciones secretas no informadas al Congreso, desconociendo
el principio republicano de la publicidad de los actos de gobierno.
e) Identidad del titular del bien jurídico afectado. En todos los casos, las
refinanciaciones de la deuda han afectado al Estado Nacional y en
consecuencia a la comunidad argentina en su conjunto, que debe
enfrentar el pago de obligaciones producto de esta pluralidad de hechos
delictivos.
Estas fueron alfunas Conclusiones del Plenario sobre la Deuda Externa
realizado en Córdoba el 19 de Agosto del 2010. Año del Bicentenario.
14:27 Permalink | Comentarios (0) | Trackbacks (0) | Email esto | Tags: deuda externa, soberanía nacional
02/08/10
7 Pecados Capitales de la Política en América Latina
1 - Déficit de ciudadanía social. Todos los países de la región sufren más desigualdad en la distribución de la renta y la riqueza que el promedio mundial. Dieciséis de los 18 países considerados pueden ser catalogados como sumamente desiguales. En 15 casos, más del 25% de los ciudadanos vive bajo la línea de la pobreza, y en siete países la proporción de pobres supera el 50% de la población. Hay 209 millones de personas cuyos ingresos se sitúan por debajo de esa línea de pobreza.
Poca cobertura del Estado de bienestar: siete de cada diez nuevos empleos creados en la región desde 1990 corresponden a la economía sumergida y sólo seis de cada 10 nuevos empleos generados desde ese año en la economía legal tienen acceso a algún tipo de cobertura social. Lo que plantea la gran desprotección de esas personas cuando lleguen a la edad de jubilación.
2 - Déficit de ciudadanía civil. Todavía no están plenamente implantados los derechos para la libertad individual, de expresión, de pensamiento y religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y con seguridad jurídica. Los ricos casi siempre logran hacer valer sus derechos; los pobres, inmigrantes o indígenas experimentan serias desventajas legales.
3 - Déficit de ciudadanía política. La mitad de la población prefiere el desarrollo económico a la democracia. Los no demócratas constituyen el 26,5% de la población, y los que están de acuerdo con la democracia pero creen que es válido tomar decisiones antidemocráticas en la gestión de gobierno son el 30,5%. (Es decir, más de la mitad de los ciudadanos no están comprometidos coherentemente con el sistema democrático). En Argentina están inscriptos más de 600 partidos políticos, pero la gran mayoría son "sellos de goma", la mayoría de la población no participa en ellos.
4 - Las reformas económicas no han cumplido las expectativas. En la década de los noventa se instaló un modelo económico neoliberal del que hoy muchos se sienten defraudados, o excluidos. Ese modelo defendía la disciplina presupuestaria, la liberalización financiera y comercial, las privatizaciones, cambios en la prioridad del gasto público o un marco desregulador. Mejoró la macroeconomía pero no redujo la pobreza, aumentó la desigualdad y arrojó a muchos a la economía informal.
5 - Mayor debilitamiento del Estado. El Estado es uno de los rostros de la democracia; un Estado sin poder es una democracia sin poder. Ha aumentado la incapacidad de los Estados para influir, controlar, regular o beneficiarse de los procesos transnacionales o para resistir las tendencias hegemónicas en los planes económicos o políticos. La legalidad del Estado no se extiende a vastas regiones en las que operan la legalidad mafiosa.
6 - Los nuevos poderes fácticos. Multiplicación de los poderosos lobbies. La extensión del narcotráfico, que intenta controlar parte de los aparatos estatales y que atrae la atención de EE UU, genera nuevas formas de presión externa. Y los medios de comunicación, que forman parte de grupos empresariales no subordinados al poder político, con intereses económicos muy diversificados, y que actúan como suprapoderes que limitan la soberanía de las instituciones públicas.
7 - La corrupción. Impregna como un mal olor a una parte muy significativa de la sociedad: el 44,1% de los ciudadanos encuestados está de acuerdo con pagar el precio de un cierto grado de corrupción con tal de que las cosas funcionen. El dinero sucio o negro tiene efectos devastadores sobre una parte de las instituciones y de los dirigentes políticos.
23:45 Anotado en Opinión | Permalink | Comentarios (0) | Email esto | Tags: corrupción, patrimonialismo, nepotismo, sobornos, fraude electoral

